El proceso de Regularización Extraordinaria 2026, amparado bajo la Disposición Adicional Vigésima (DA 20ª) del Reglamento de Extranjería, ha abierto una vía crucial para los solicitantes de protección internacional en España. Sin embargo, cuando el solicitante es un menor de edad que cuenta con su propio NIE de asilo, surgen múltiples dudas técnicas sobre cómo cumplimentar el impreso oficial de solicitud.
Cometer un error en la filiación o marcar una casilla equivocada en el Modelo EX-31 para Menor de Asilo puede suponer el retraso o la inadmisión a trámite del expediente. En esta guía desglosamos detalladamente, sección por sección, cómo rellenar este formulario de forma correcta, sencilla y con total rigor legal.
Sección 1: Datos de la persona extranjera (El menor)
La primera sección del documento está destinada exclusivamente a identificar al solicitante principal de la residencia temporal por circunstancias excepcionales. En este supuesto específico, el solicitante principal es el niño o niña menor de edad.
Esta sección es fundamental porque sirve para vincular formalmente la patria potestad dentro de sus datos de identidad de menor que solicita. Debe rellenarse de la siguiente manera:
Datos de la persona extranjera: Introduzca los datos de identidad completos del menor de edad: Pasaporte, número de NIE (asignado en su resguardo de asilo), apellidos, nombre, sexo, fecha de nacimiento, lugar y país de nacimiento, y nacionalidad. En el apartado de estado civil, marque la casilla «S» (Soltero/a).
Domicilio en España: Indique la dirección física exacta de la vivienda donde reside el menor actualmente con su familia (Calle/Plaza, número, piso, localidad, código postal y provincia).
Nombre del padre/madre: Consigne el nombre completo del padre, la madre o el tutor legal del menor que solicita.
Teléfono móvil y E-mail: Introduzca el número de teléfono y el correo electrónico del progenitor o tutor, ya que el menor no posee canales de comunicación legal propios.
Representante legal, en su caso: Es obligatorio rellenar este apartado. Escriba el nombre completo del progenitor que actúa en representación del niño.
DNI/NIE/PAS: Introduzca el número de documento de identidad vigente de dicho progenitor (su NIE de asilo o su pasaporte).
Título: Escriba textualmente la palabra «Padre», «Madre» o «Tutor legal» según corresponda la relación con el menor.
Sección 2: Datos del representante a efectos de presentación
Esta sección suele generar confusión entre las familias, pero su lógica administrativa es muy sencilla bajo la campaña de 2026. Este apartado solo se rellena si el trámite lo va a presentar un profesional técnico externo (como un abogado colegiado, un gestor administrativo o un graduado social) utilizando su propio certificado digital a través de la plataforma telemática MERCURIO.
Si el trámite lo presenta el propio padre o madre: Deje la Sección 2 completamente en blanco. Al ser los progenitores del niño, ustedes actúan por derecho propio en el ejercicio de la patria potestad que ya ha quedado declarada en la Sección 1. Técnicamente, no se les considera una «persona distinta» a efectos de la presentación.
Si contrata a un abogado o gestor: El profesional contratado será quien introduzca aquí todos sus datos (Nombre o Razón Social, DNI, Colegio Profesional, etc.) para que la Oficina de Extranjería lo reconozca como el interlocutor legal del expediente y le remita de forma directa las notificaciones electrónicas.
Sección 3: Domicilio a efectos de notificaciones
Al ser el solicitante un menor de edad, el ordenamiento jurídico prohíbe que reciba notificaciones legales de forma directa. Por lo tanto, la Sección 3 debe reflejar obligatoriamente los datos del adulto que asume la responsabilidad del trámite.
Nombre/Razón Social: Escriba el nombre completo del padre, de la madre o del tutor legal.
DNI/NIE/PAS: Registre de forma exacta el documento de identidad de dicho progenitor o tutor.
Domicilio, Localidad, C.P. y Provincia: Rellene con la dirección física exacta de la vivienda en España donde reside el núcleo familiar.
Teléfono móvil y E-mail: Introduzca obligatoriamente los datos de contacto del adulto. Estos campos son de crítica importancia, ya que aquí llegarán los avisos de Extranjería y los códigos necesarios para descargar las resoluciones oficiales.
Sección 4: Tipo de autorización
La Sección 4 es el núcleo jurídico del Modelo EX-31 para Menor de Asilo. El formulario oficial muestra un desglose de casillas específicas adaptadas a la normativa de 2026 que debemos comprender:
Casilla 1: Solicitante de protección internacional con solicitud presentada antes del 01 de enero de 2026: Para personas que solicitaron asilo de forma individual antes de dicha fecha límite y siguen esperando respuesta o tienen una denegación reciente.
Casilla 2: Hijo menor nacido en España: Diseñada para menores nacidos en territorio español cuyos padres no están vinculados al asilo, sino que regularizan al niño por la vía del arraigo familiar común del reglamento ordinario.
Casilla 3: Hijo menor no nacido en España: Para menores nacidos en el extranjero que llegaron a España y cuyos padres tramitan un arraigo familiar ordinario (sin vínculos con la protección internacional).
Casilla 4: Familiar de solicitante de protección internacional: Para familiares que no solicitaron asilo formalmente por sí mismos (no tienen tarjeta blanca ni NIE propio), pero dependen del estatus del familiar principal (extensión familiar por «efecto cascada»).
Casillas 5 y 6: Prórrogas DA 20ª (Búsqueda de empleo / Enfermedad): Exclusivamente para renovaciones de permisos obtenidos bajo esta disposición en años anteriores.
¿Qué casilla exacta debe marcar el menor de asilo?
Dado que el menor objeto de este artículo ya cuenta con su propio NIE individual de solicitante de asilo, la opción correcta, prioritaria y obligatoria para él es:
☑ Solicitante de protección internacional con solicitud presentada antes del 01 de enero de 2026
¿Qué poner en la línea de puntos? Justo al lado de esta casilla, en la línea en blanco, debe escribir el Número de expediente de asilo del menor (que comienza habitualmente por las siglas OAR seguidas del año de su primera cita). Al tener NIE propio de asilo, el menor es considerado un solicitante principal e independiente dentro del cupo amparado por la regularización extraordinaria de la DA 20ª. No debe marcarse la Casilla 4 de familiar.
La casilla de «CONSIENTO»: El acceso telemático para menores
La declaración de consentimiento al final de la sección determina si Extranjería os enviará las comunicaciones por vía física o digital. Si marca la casilla de consentimiento, la familia sí tendrá acceso telemático para comprobar el estado del trámite, pero la plataforma asociará la notificación al documento de identidad del progenitor indicado en la Sección 3. Para descargar la resolución en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHÚ), se requerirá el Certificado Digital o Cl@ve del padre o de la madre.
Si MARCA la casilla («CONSIENTO»): La notificación será 100% electrónica. No llegará ninguna carta de papel al domicilio. Extranjería enviará un SMS y un correo electrónico avisando de la resolución. Es el método más rápido y seguro para evitar pérdidas postales.
Si NO MARCA la casilla: La notificación se realizará mediante correo postal certificado en papel. Si el cartero no localiza a nadie en la vivienda tras dos intentos, el aviso se publicará en el Tablón Edictal de Extranjería (TEU) y los plazos legales para responder empezarán a correr sin que la familia se percate.
Recomendación práctica: Lo más aconsejable es MARCAR la casilla de «CONSIENTO», siempre que el padre o la madre disponga de un Certificado Digital válido o acceso al sistema Cl@ve en su dispositivo móvil u ordenador.
Sección 5: Datos del progenitor que da el derecho (DA 20ª)
Esta sección sirve para definir la relación legal y el parentesco que tiene el solicitante principal (el menor de la Sección 1) con el adulto que se registra en este apartado.
¿Quién rellenará la Sección 5? Aquí se introducen exclusivamente los datos del padre, madre o tutor legal que ostenta el estatus de asilo. En la línea de «Nombre del padre» y «Nombre de la madre» de este apartado, el progenitor debe escribir los nombres de sus propios padres (es decir, los abuelos del menor), cumpliendo con el estándar de filiación de Extranjería.
Apartado «PARENTESCO» ¿Qué casilla marcar? Debe marcar obligatoriamente la casilla de ☑ Hijo. El formulario se lee siempre desde la perspectiva del solicitante principal (el menor de la Sección 1). Al marcar «Hijo», indica a la Oficina de Extranjería que el niño es hijo del ciudadano extranjero que se acaba de registrar en la parte superior de esta Sección 5.
Declaraciones Responsables (Los dos checks cuadrados): Es imperativo marcar obligatoriamente ambos checks. Al hacerlo, el progenitor declara bajo juramento, en representación del menor, que el niño no está sujeto a un plan de retorno voluntario a su país y que no dispone de un seguro médico extranjero obligatorio que deba cubrir sus gastos en España.
Fecha y Firma Final
Lugar y fecha: Indique la localidad donde se encuentra y la fecha exacta en la que se realiza la presentación telemática (por ejemplo: Madrid, a 20 de mayo de 2026).
Firma del solicitante: El documento debe ser firmado por el padre, la madre o el tutor legal mediante su firma física manuscrita o a través de su certificado digital, dejando constancia de que actúa en calidad de representante legal del menor de edad.
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Al cumplimentar el Modelo EX-31 para Menor de Asilo, verifique tres veces que el número de NIE del niño coincida exactamente con el de su resguardo de protección internacional. No unifique las solicitudes de los hijos en el impreso del adulto; cada menor de edad que tenga su propio resguardo de asilo es un solicitante independiente para Extranjería y requiere su propio formulario EX-31 cumplimentado de forma individual y el abono de su tasa correspondiente. Seguir este rigor técnico es la mejor garantía para asegurar la residencia legal de sus hijos en España.