La puesta en marcha del Real Decreto 316/2026 ha generado una serie de dudas administrativas, especialmente en lo que respecta a la documentación adicional. Entre todos los requisitos, el Certificado de vulnerabilidad es el que mayor confusión está provocando entre los ciudadanos peruanos residentes en España. Es imperativo aclarar que este documento no es un requisito de carácter universal; su obligatoriedad depende estrictamente del supuesto legal bajo el cual usted decida presentar su solicitud de residencia.
¿Quiénes deben solicitar el Certificado de vulnerabilidad?
La normativa vigente establece que el Certificado de vulnerabilidad debe ser aportado únicamente por aquellas personas que basen su solicitud de arraigo extraordinario en el supuesto de vulnerabilidad social. Este informe técnico certifica que las condiciones económicas, familiares o personales del solicitante afectan de manera grave su acceso a derechos fundamentales debido a su situación de irregularidad administrativa.
Si su caso no se ajusta a este perfil de riesgo social específico, es muy probable que no deba realizar este trámite, evitando así una carga burocrática innecesaria para usted y para los servicios sociales.
Personas exentas de presentar el Certificado de vulnerabilidad
Para facilitar su proceso, detallamos a continuación los perfiles que NO necesitan tramitar este certificado para acceder a la regularización extraordinaria:
Procedimiento para obtener el formulario y el sellado oficial
Es fundamental que utilice exclusivamente los canales oficiales para evitar ser víctima de engaños o recibir documentos carentes de validez legal. El modelo oficial del Certificado de vulnerabilidad está disponible para su descarga gratuita en el portal del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, específicamente en el área de «Documentos de Interés» de la sección de regularización.
Una vez obtenido el formulario, el documento debe ser validado. Un informe sin el correspondiente sello oficial será rechazado automáticamente por la Unidad de Tramitación de Expedientes (UTEX). Las únicas entidades autorizadas para sellar y validar su Certificado de vulnerabilidad son:
Recomendaciones técnicas y gratuidad del trámite
Usted debe saber que este proceso es totalmente gratuito. Ningún gestor, asociación o individuo particular está autorizado a cobrar por la expedición o el sellado de este certificado. Si se encuentra con este tipo de prácticas, se recomienda denunciarlas ante las autoridades competentes.
Antes de acudir a una entidad colaboradora, le sugerimos consultar el buscador oficial de entidades del Ministerio para localizar el centro más cercano a su domicilio. Recuerde que el empadronamiento es una prueba complementaria muy valiosa en esta instancia para que el trabajador social pueda evaluar su entorno de residencia.
Presentar correctamente su Certificado de vulnerabilidad, solo si le corresponde, garantizará que su expediente sea procesado sin requerimientos adicionales que puedan retrasar su autorización de residencia y trabajo en España.
Descarga de Certificado de vulnerabilidad:
Otros modelos EX-32 y Ex-31:




